MARCO ESTRATÉGICO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
MISIÓN
Asegurar el bienestar de la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución,
facilitando la participación ciudadana en las decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural, para mejorar la calidad de vida y las
condiciones económicas de todos los habitantes.
VISIÓN
Ser una entidad pública líder, competitiva, con un modelo de desarrollo institucional que
promueve la democratización de la gestión pública y la optímización de mecanismos de
información, concertación y consenso, con acreditados niveles de confianza y transparencia
en la gestión de lo público, mediante prácticas de gobernanza, buen gobierno y de gerencia
publica, con evaluación y mejora permanente de los procesos, trámites administrativos
simplificados en la prestación de los servicios públicos.
OBJETIVO GENERAL
Atender de manera eficiente la prestación de los servicios públicos que determine la ley, la
construcción de las obras que demande el progreso local, el ordenamiento del desarrollo
territorial, la promoción de la participación comunitaria, el afianzamiento de los valores
éticos, culturales y patrimoniales, con la implementación de planes, programas y proyectos
de desarrollo integral, con enfoque diferencial para la satisfacción de necesidades básicas y
el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del territorio.
FUNDAMENTOS ORGANIZACIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
FUNCIÓN ADMINISTRATIVA
La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones.
ESPECIFICIDAD
Cada una de las dependencias de la Administración Central Municipal obedece a una
distribución programática de funciones y responsabilidades, a las que corresponde
garantizar la gestión de los procesos debidamente identificados y alcanzar logros y
resultados determinados.
HORIZONTALIDAD
La Estructura Organizacional de la Administración Central Municipal es plana y refleja los
niveles mínimos de desagregación estructural, de tal forma que la realización de
actividades y la asimilación de las tareas se efectúan sobre la base de liderazgo y no de la
autoridad formal y vertical.
FLEXIBILIDAD
En la Administración Central se determinan unidades o áreas de gestión organizacionales
que agrupan un conjunto de competencias y procesos, para que puedan atender las
diferentes y variadas situaciones en la prestación de los servicios e intervenciones públicas
con versatilidad y agilidad.
DEFINICIONES Y COMPETENCIAS
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Comprende todos los organismos por medio de los cuales se desarrolla la Administración
Pública en el área Territorial y Administrativa del Municipio. En el Municipio está compuesta
por el Concejo Municipal, la Personería Municipal, la Administración Central y
Descentralizada.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
Es el conjunto de organismos directamente dependientes de la Alcaldía que cumplen
labores de asistencia complementarias al ejercicio de su función como jefe del ejecutivo
municipal y de policía, incluye, el Despacho del Alcalde, las Secretarías de Despacho,
Departamentos Administrativos, Direcciones Técnicas y Oficinas.
Corresponde a la Administración Municipal cumplir las funciones constitucionales y legales
que a continuación se detallan:
1. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la
ley.
2. Elaborar los planes de desarrollo municipal, en concordancia con el plan de desarrollo
departamental, los planes de vida de los territorios y resguardos indígenas,
incorporando las visiones de las minorías étnicas, de las organizaciones comunales y
de los grupos de población vulnerables presentes en el territorio, teniendo en cuenta
los criterios e instrumentos definidos por la Unidad de Planificación de Tierras Rurales
y Usos Agropecuarios-UPRA-, para el ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural,
los programas de desarrollo rural con enfoque territorial, y en armonía con el Plan
Nacional de Desarrollo, según la ley orgánica de la materia.
3. Promover el desarrollo de territorio y construir las obras que demande el progreso
municipal con base en los planes de vida de los pueblos y comunidades indígenas y
los planes de desarrollo comunal que tengan los respectivos organismos de acción
comunal.
4. Elaborar e implementar los planes integrales de segundad ciudadana, en coordinación
con ¡as autoridades locales de policía y promover la convivencia entre sus habitantes.
5. Promover la participación comunitaria, la cultura de Derechos Humanos y el
mejoramiento socia y cultural de sus habitantes.
6. Fomentar la cultura de manera prioritaria, acorde con las competencias determinadas
en la ley.
7. Promover alianzas y sinergias público-privadas que contribuyan al desarrollo
económico, social y ambiental del Municipio y de la región, mediante el empleo de los
mecanismos de integración dispuestos en la ley.
8. Procurar la solución de las necesidades básicas insatisfechas de los habitantes del
Municipio, en lo que sea de su competencia, con especial énfasis en los niños, las
niñas, los adolescentes, las mujeres cabeza de familia, las personas de la tercera
edad, las personas en condición de discapacidad y los demás sujetos de especial
protección constitucional.
9. Contribuir en asocio con el departamento y la nación, al goce efectivo de los derechos
de la población víctima del desplazamiento forzado, teniendo en cuenta los principios
de coordinación, concurrencia, complementariedad, subsidiariedad y las normas
jurídicas vigentes.
10. Formular y adoptar los planes de ordenamiento territorial, reglamentando de manera
específica los usos del suelo en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de acuerdo
con las leyes y teniendo en cuenta los instrumentos definidos por la UPRA para el
ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural.
11. Optimizar usos de las tierras disponibles y coordinar los planes sectoriales en armonía
con las políticas nacionales y los planes departamentales y metropolitanos.
12. Presentar ante el Concejo Municipal cada 12 años, los Planes de Ordenamiento
Territorial para su revisión.
13. Velar por e! adecuado manejo de los recursos naturales y del ambiente, de
conformidad con la Constitución y la ley.
14. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del Municipio,
fomentando la industria nacional, eí comercio y el consumo interno de conformidad con
!a legislación vigente para estas materias.
15. Fomentar y promover el turismo, en coordinación con la Política Nacional.
16. Autorizar y aprobar de acuerdo con la disponibilidad de servicios públicos, programas
de desarrollo de Vivienda ejerciendo las funciones de vigilancia necesarias.
17. Incorporar el uso de nuevas tecnologías, energías renovables, reciclaje y producción
limpia en los planes municipales de desarrollo.
18. Celebrar convenios solidarios con organizaciones comunitarias, cabildos, civiles y
asociaciones residentes en el Municipio, para el desarrollo conjunto de programas y
actividades, acorde con planes de desarrollo.
19. Elaborar de manera concertada planes y programas anuales de fortalecimiento, con la
correspondiente afectación presupuesta!, con los cabildos, autoridades y
organizaciones indígenas, organismos de acción comunal, organizaciones civiles y
asociaciones residentes en el Municipio, teniendo en cuenta sus necesidades y los
lincamientos de los respectivos planes de desarrollo.
20. Celebrar convenios de uso de bienes públicos y/o de usufructo comunitario con los
cabildos, autoridades y organizaciones indígenas y con los organismos de acción
comunal y otros organismos comunitarios.
21. Garantizar la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico a los
habitantes del Municipio, de acuerdo con la normatividad vigente en materia de
servicios públicos domiciliarios.
22. Ejecutar el Programa de Alimentación Escolar con recursos propios y los provenientes
del Departamento y la Nación.
23. Publicar los informes de rendición de cuentas en la respectiva página web del
Municipio.
24. Construir y hacer el mantenimiento de vías urbanas y rurales del rango municipal.
25. Cumplir las demás funciones administrativas y prestar los servicios que le señale la
Constitución y las leyes.