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Alcaldía de El Cerrito - Valle

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Misión, Visión, Objetivos y Deberes

MARCO ESTRATÉGICO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

MISIÓN

Asegurar el bienestar de la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, facilitando la participación ciudadana en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural, para mejorar la calidad de vida y las condiciones económicas de todos los habitantes.

VISIÓN

Ser una entidad pública líder, competitiva, con un modelo de desarrollo institucional que promueve la democratización de la gestión pública y la optímización de mecanismos de información, concertación y consenso, con acreditados niveles de confianza y transparencia en la gestión de lo público, mediante prácticas de gobernanza, buen gobierno y de gerencia publica, con evaluación y mejora permanente de los procesos, trámites administrativos simplificados en la prestación de los servicios públicos. 

OBJETIVO GENERAL

Atender de manera eficiente la prestación de los servicios públicos que determine la ley, la construcción de las obras que demande el progreso local, el ordenamiento del desarrollo territorial, la promoción de la participación comunitaria, el afianzamiento de los valores éticos, culturales y patrimoniales, con la implementación de planes, programas y proyectos de desarrollo integral, con enfoque diferencial para la satisfacción de necesidades básicas y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del territorio.

FUNDAMENTOS ORGANIZACIONALES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL 

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA 

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. 

ESPECIFICIDAD

Cada una de las dependencias de la Administración Central Municipal obedece a una distribución programática de funciones y responsabilidades, a las que corresponde garantizar la gestión de los procesos debidamente identificados y alcanzar logros y resultados determinados. 

HORIZONTALIDAD

La Estructura Organizacional de la Administración Central Municipal es plana y refleja los niveles mínimos de desagregación estructural, de tal forma que la realización de actividades y la asimilación de las tareas se efectúan sobre la base de liderazgo y no de la autoridad formal y vertical.

FLEXIBILIDAD

En la Administración Central se determinan unidades o áreas de gestión organizacionales que agrupan un conjunto de competencias y procesos, para que puedan atender las diferentes y variadas situaciones en la prestación de los servicios e intervenciones públicas con versatilidad y agilidad. 

DEFINICIONES Y COMPETENCIAS

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL 

Comprende todos los organismos por medio de los cuales se desarrolla la Administración Pública en el área Territorial y Administrativa del Municipio. En el Municipio está compuesta por el Concejo Municipal, la Personería Municipal, la Administración Central y Descentralizada. 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Es el conjunto de organismos directamente dependientes de la Alcaldía que cumplen labores de asistencia complementarias al ejercicio de su función como jefe del ejecutivo municipal y de policía, incluye, el Despacho del Alcalde, las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos, Direcciones Técnicas y Oficinas. Corresponde a la Administración Municipal cumplir las funciones constitucionales y legales que a continuación se detallan: 

1. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley. 
2. Elaborar los planes de desarrollo municipal, en concordancia con el plan de desarrollo departamental, los planes de vida de los territorios y resguardos indígenas, incorporando las visiones de las minorías étnicas, de las organizaciones comunales y de los grupos de población vulnerables presentes en el territorio, teniendo en cuenta los criterios e instrumentos definidos por la Unidad de Planificación de Tierras Rurales y Usos Agropecuarios-UPRA-, para el ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural, los programas de desarrollo rural con enfoque territorial, y en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, según la ley orgánica de la materia. 
3. Promover el desarrollo de territorio y construir las obras que demande el progreso municipal con base en los planes de vida de los pueblos y comunidades indígenas y los planes de desarrollo comunal que tengan los respectivos organismos de acción comunal. 
4. Elaborar e implementar los planes integrales de segundad ciudadana, en coordinación con ¡as autoridades locales de policía y promover la convivencia entre sus habitantes. 
5. Promover la participación comunitaria, la cultura de Derechos Humanos y el mejoramiento socia y cultural de sus habitantes. 
6. Fomentar la cultura de manera prioritaria, acorde con las competencias determinadas en la ley. 
7. Promover alianzas y sinergias público-privadas que contribuyan al desarrollo económico, social y ambiental del Municipio y de la región, mediante el empleo de los mecanismos de integración dispuestos en la ley. 
8. Procurar la solución de las necesidades básicas insatisfechas de los habitantes del Municipio, en lo que sea de su competencia, con especial énfasis en los niños, las niñas, los adolescentes, las mujeres cabeza de familia, las personas de la tercera edad, las personas en condición de discapacidad y los demás sujetos de especial protección constitucional. 
9. Contribuir en asocio con el departamento y la nación, al goce efectivo de los derechos de la población víctima del desplazamiento forzado, teniendo en cuenta los principios de coordinación, concurrencia, complementariedad, subsidiariedad y las normas jurídicas vigentes.
10. Formular y adoptar los planes de ordenamiento territorial, reglamentando de manera específica los usos del suelo en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de acuerdo con las leyes y teniendo en cuenta los instrumentos definidos por la UPRA para el ordenamiento y el uso eficiente del suelo rural. 
11. Optimizar usos de las tierras disponibles y coordinar los planes sectoriales en armonía con las políticas nacionales y los planes departamentales y metropolitanos. 
12. Presentar ante el Concejo Municipal cada 12 años, los Planes de Ordenamiento Territorial para su revisión. 
13. Velar por e! adecuado manejo de los recursos naturales y del ambiente, de conformidad con la Constitución y la ley. 
14. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del Municipio, fomentando la industria nacional, eí comercio y el consumo interno de conformidad con !a legislación vigente para estas materias. 
15. Fomentar y promover el turismo, en coordinación con la Política Nacional.
16. Autorizar y aprobar de acuerdo con la disponibilidad de servicios públicos, programas de desarrollo de Vivienda ejerciendo las funciones de vigilancia necesarias. 
17. Incorporar el uso de nuevas tecnologías, energías renovables, reciclaje y producción limpia en los planes municipales de desarrollo. 
18. Celebrar convenios solidarios con organizaciones comunitarias, cabildos, civiles y asociaciones residentes en el Municipio, para el desarrollo conjunto de programas y actividades, acorde con planes de desarrollo. 
19. Elaborar de manera concertada planes y programas anuales de fortalecimiento, con la correspondiente afectación presupuesta!, con los cabildos, autoridades y organizaciones indígenas, organismos de acción comunal, organizaciones civiles y asociaciones residentes en el Municipio, teniendo en cuenta sus necesidades y los lincamientos de los respectivos planes de desarrollo. 
20. Celebrar convenios de uso de bienes públicos y/o de usufructo comunitario con los cabildos, autoridades y organizaciones indígenas y con los organismos de acción comunal y otros organismos comunitarios. 
21. Garantizar la prestación del servicio de agua potable y saneamiento básico a los habitantes del Municipio, de acuerdo con la normatividad vigente en materia de servicios públicos domiciliarios. 
22. Ejecutar el Programa de Alimentación Escolar con recursos propios y los provenientes del Departamento y la Nación. 
23. Publicar los informes de rendición de cuentas en la respectiva página web del Municipio. 
24. Construir y hacer el mantenimiento de vías urbanas y rurales del rango municipal. 
25. Cumplir las demás funciones administrativas y prestar los servicios que le señale la Constitución y las leyes.​​


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